REQUISITOS DEL OPOSITOR
- Nacional: Ser español o nacional de la Unión Europea.
- Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Estar en posesión del título de ESO o equivalente.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- No tener penas de prisión ni hacer sido inhabilitado de las funciones públicas.
- No pertencer como personal funcionario de carrera en la misma escala y subescala
a la que se presenta como aspirante.
FASES Y PRUEBAS DE LA OPOSICIÓN
La fase de oposición se valorará con un máximo de 60 puntos estará formada por los
siguientes ejercicios obligatorios:
Primer ejercicio: de carácter teórico, escrito y eliminatorio.
Consistirá en contestar un
test de 90 preguntas con 4 respuestas alternativas, de las que solo una será correcta, de
la primera parte del programa.
El tiempo de realización será de 120 minutos.
Cada respuesta errónea descontará el
25 % del valor de la respuesta correcta.
El ejercicio incluirá 5 preguntas adicionales de
reserva que deberán responderse dentro del tiempo indicado. Se calificará con un máximo
de 58 puntos y será necesario obtener 29 puntos para superarlo.
Segundo ejercicio: de carácter práctico y eliminatorio.
Consistirá en la realización de una
prueba práctica con ordenador, en la que se deberá contestar a un cuestionario de 20 preguntas tipo test, con 3 preguntas adicionales de reserva, con cuatro respuestas alternativas
de las que solo una será correcta, dirigidas a valorar los conocimientos de las personas aspirantes como usuarias de programas Word para Microsoft 365 y Excel para Microsoft 365,
versiones del año 2016 o posteriores.
Las personas aspirantes dispondrán de un ordenador para realizar las acciones necesarias para contestar a las preguntas del cuestionario, que consignarán en la hoja de
respuestas proporcionada por el tribunal.
Todas las preguntas tendrán la misma puntuación y no puntuarán negativamente las
respuestas incorrectas.
El tiempo de realización será de 60 minutos.
Se calificará como apto o no apto.
Estará exento de realizar este ejercicio quien acredite estar en posesión de la certificación gallega de competencias digitales en ofimática (CODIX) o acredite tener formación en
los programas indicados impartida por organismos públicos. A partir de la publicación del
acuerdo del tribunal con la calificación definitiva del primer ejercicio, se dispondrá de un
plazo de cinco días hábiles para presentar la documentación acreditativa en los lugares
indicados en la base 3.2, que deberá contener los elementos necesarios para ser objeto
de valoración.
Os cursos deberán ser de aptitud y tener una duración mínima de 50 horas, en el caso
de Excel y de 30 horas en los de Word.
Tercero. Conocimientos de lengua gallega.
De carácter obligatorio y no eliminatorio.
Estarán exentas de realizarlo las personas aspirantes que acrediten estar en posesión del
Celga 3, conforme a lo establecido en la base 6.8, y serán calificados con 2 puntos. Esta
prueba incluirá 2 partes:
Primera. Consistirá en contestar a un test de 20 preguntas sobre el conocimiento de
la lengua gallega, con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una de ellas será
correcta. El ejercicio incluirá 2 preguntas adicionales de reserva que deberán responderse
dentro del tiempo indicado. Se dispondrá de 25 minutos. Cada respuesta errónea descontará el 25 % del valor de la respuesta correcta. Se valorará con un máximo de 1 punto.
Segunda. Comprensión escrita u oral y expresión oral. Consistirá en leer un texto o escuchar un fragmento de audio o audio-vídeo y, a continuación, realizar una entrevista con
la persona examinadora, debiendo resumir el input y mantener un diálogo al respecto para
evaluar su expresión oral. Se valorará con un máximo de 1 punto.
TEMARIO DE LA OPOSICION
TEMARIO: 23 temas (según la última convocatoria)- La Constitución española de 1978: título preliminar; título I. De los derechos y deberes
fundamentales; título III. De las cortes generales; título IV. Del Gobierno y de la Administración.
- El Estatuto de autonomía de Galicia: título preliminar; título I. Del poder gallego; título III. De la Administración pública gallega.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título preliminar; título I. De los interesados en el procedimiento; título II. De la actividad de las administraciones públicas; título III. De los actos administrativos.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo
común: capítulos I al V; título V. De la revisión de los actos en vía administrativa: capítulo II.
Recursos administrativos.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: título preliminar:
capítulo I. Disposiciones generales; capítulo II. De los órganos de las administraciones públicas, secciones 1ª, 2ª y 4ª; capítulo III. Principios de la potestad sancionadora; capítulo V.
Funcionamiento electrónico del sector público; título III, capítulos I y II.
- Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título I. Objeto, principios y
ámbito de aplicación; título III. Clases de personal; título IV. Organización del empleo público; título V. Adquisición y pérdida de la relación de servicio.
- Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título VI. Derechos y deberes individuales de los empleados públicos: capítulo I. Disposiciones generales; capítulo III.
Movilidad del personal funcionario; título VIII. Situaciones administrativas.
- Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia: título III. De los presupuestos
generales de la Comunidad Autónoma, capítulo II. De los créditos y de sus modificaciones;
capítulo III. Ejecución y liquidación.
- Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades.
- Decreto 13/2019, de 24 de enero, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Vigo, títulos preliminar, I y II.
- . Real decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización
de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
- Real decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de
los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.
- Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter
oficial y validez en todo el territorio nacional.
- Real decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de
expedición del suplemento europeo a los títulos regulados en el Real decreto 1393/2007,
de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales, y se modifica el Real decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el
Marco español de calificaciones para la educación superior.
- Real decreto 195/2016, de 13 de mayo, por el que se establecen los requisitos para
la expedición del suplemento europeo al título universitario de doctor.
- Real decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
- Resolución de 21 de junio de 2017 (DOG de 30 de junio) por la que se ordena la publicación de la normativa de permanencia y progreso en las titulaciones oficiales de grado
y de máster.
- Real decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación
nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
- Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación: título II. Recursos humanos dedicados a la investigación, capítulos I y III.
- Reglamento de la sede electrónica de la Universidad de Vigo, Resolución de 2 de
mayo de 2019 (DOG de 13 de mayo): título II. La sede electrónica, título III. La identificación
y la autenticación electrónicas.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: capítulo III.
Derechos y obligaciones, y capítulo IV. Servicios de prevención.
- Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido
de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad:
título preliminar; título II: capítulos. I, II, IV y V; título IV: capítulos I y II.
- Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: títulos I, II, III.
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