Oposiciones Justicia. Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre) modificación de la convocatoria.

Última hora Tramitación Procesal y Administrativa , turno libre.
Se modifica la convocatoria.

Se publica en el BOE número 224 de fecha 18 de septiembre  se publica la Orden con la modificación de la convocatoria de Tramitación (turno libre).

Enlace a la ORDEN con modificación convocatoria 

Enlace a la Convocatoria publicada en el BOE Número 209 de fecha 31 de agosto de 2019.

Correcciones publicadas:

Primero:
Modificar las características del segundo ejercicio de la fase de oposición del
proceso selectivo, de modo que se sustituya la puntuación de descuento de las preguntas no acertadas y aquellas que contengan respuestas múltiples, de 0,40 a 0,25 puntos.

Segundo:
Modificar el desarrollo del tercer ejercicio de la fase de oposición, de modo que se añada que la versión del procesador de textos a utilizar será «Microsoft Word 2010»

Tercero:
Modificar la determinación de la nota mínima para superar los ejercicios, de modo que se sustituya el párrafo:
«Para superar el segundo ejercicio será suficiente obtener el 60% de la puntuación posible, mientras que para la superación del tercer ejercicio será suficiente obtener el 50% de la misma.
Esta nota mínima no será aplicable en el cupo de reserva por discapacidad, ni en los procesos selectivos con un número de aspirantes de partida inferior de diez por plaza,anteriormente mencionado. En estos casos, la puntuación mínima exigida para superar el segundo y el tercer ejercicio será el 50% de la puntuación máximo posible».

Cuarto:
Modificar la relación de títulos y grados académicos de modo que la misma sea:
– 12 puntos por estar en posesión de la licenciatura en Derecho, o bien, grado en Derecho y máster con contenido de carácter jurídico.
-10 puntos por estar en posesión del grado en Derecho.
– 8 puntos por estar en posesión de la Licenciatura en Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración, o Criminología.
– 6 puntos por estar en posesión del título de Grado en Ciencias del Trabajo, en Ciencias Jurídicas y de las Administraciones Públicas, en Ciencias Políticas y de la Administración, en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, o en Criminología.
-4 puntos por estar en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho.
– 3 puntos por otras licenciaturas o grados (se considerará únicamente un título).
-2 puntos por otras diplomaturas, arquitecturas técnicas o ingenierías técnicas (se considerará únicamente un título).

Excepcionalmente, el Tribunal Calificador Único podrá valorar otras titulaciones y grados académicos, relacionados con la Administración de Justicia, no incluidos expresamente entre las anteriormente relacionadas.»

Quinto:
Suprimir la última frase del anexo I-B, página 95020, del siguiente párrafo:

«Los periodos inferiores al mes no se computarán, aunque, en el caso de ser varios, se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única fracción inferior al mes. Servicios prestados a partir del 1 de enero de 2004 como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración (hasta un máximo de 34 puntos)».

De modo que el texto a regir en la convocatoria será el siguiente:
«Los periodos inferiores al mes no se computarán, aunque, en el caso de ser varios, se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única fracción inferior al mes.»

 

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