SERGAS. Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos y exentos y no exentos de realizar el examen de gallego en la categoría de pinche (tuno libre, promoción interna, discapacidad general y discapacidad intelectual)

 

SERGAS.
Se publican en el DOG de hoy, día 12 de julio de 2021, las Resoluciones por la que se publican la Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos y exentos y no exentos de realizar el examen de gallego en la categoría de pinche (tuno libre, promoción interna, discapacidad general y discapacidad intelectual).

RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se declara con carácter provisional a las personas aspirantes admitidas y excluidas y a las exentas y no exentas del ejercicio de lengua gallega en el concurso-oposición para el ingreso en la categoría de pinche, por los sistemas de acceso libre, promoción interna y discapacidad general, convocado por la Resolución de 13 de diciembre de 2019.

RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se declara con carácter provisional a las personas aspirantes admitidas y excluidas y a las exentas y no exentas del ejercicio de lengua gallega en el concurso-oposición para el ingreso en la categoría de pinche, en plazas reservadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual, convocado por la Resolución de 29 de diciembre de 2020.

Las listas con la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación del motivo de exclusión, y los/las declarados/as exentos/as y no exentos/as de la realización del ejercicio de lengua gallega podrán examinarse en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es).

Además, el estado de cada solicitud puede ser consultado por el/la solicitante en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos.

Las personas aspirantes excluidas y las declaradas no exentas de la realización del ejercicio de gallego dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para poder enmendar, en su caso, el defecto que motivó su exclusión y/o la declaración de no exento/a de la realización de tal ejercicio, mediante escrito dirigido a la misma unidad de validación a la que se dirigió la instancia de participación, que deberá presentarse en un registro administrativo o a través de cualquiera de los procedimientos disponibles del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Dispondrán del mismo plazo de reclamación las personas que, habiendo presentado debidamente la solicitud de participación en el proceso, no consten como admitidas ni excluidas en la relación publicada.