Subalternos A.P Xunta de Galicia. Criterios de corrección, anulación preguntas y más acuerdos publicados sobre el primer ejercicio (turno de discapacidad)

Oposiciones Xunta
Se publica en el DOG número 245 de fecha 26 de diciembre, la Resolución con distintos acuerdos publicados respecto al primer ejercicio de Subalterno Xunta de Galicia AP turno de discapacidad.

Enlace a Resolución 

Acuerdos publicados en la Resolución:

Primero:
  Anule, sobre la base de las alegaciones formuladas, la pregunta 31 del cuestionario, que será reemplazada por la pregunta de reserva número 47.

Segundo:
Descarte la totalidad de las otras reclamaciones y alegaciones hechas en relación con las preguntas del cuestionario.

Tercero:
De conformidad con las disposiciones de la sección 2.1.1.1 de la notificación, así como de la decisión de este tribunal del 19 de noviembre de 2019, que, de acuerdo con las disposiciones de la sección 2.1.2.10 de la convocatoria, establece los criterios para la corrección, evaluación y aprobado el primer ejercicio, los candidatos que obtuvieron un puntaje mínimo de cuarenta y cinco (45) puntos aprobaron este primer ejercicio del proceso selectivo, fijando en treinta y cinco (35) el número de respuestas correctas para lograr ese puntaje.

Cuarto:
Publicar las puntuaciones obtenidas por los aspirantes
presentados al primer ejercicio del proceso selectivo para el ingreso en la agrupación profesional de los funcionarios subordinados de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia, en lugares reservados para ser ocupados por personas que acrediten discapacidad intelectual, en el lugar donde se realizó el ejercicio y en el portal web corporativo «funcionpublica.xunta.gal».

Quinta.
De conformidad con lo dispuesto en 2.1.2.8 de la convocatoria, los solicitantes pueden presentar cualquier reclamo que consideren apropiado en relación con los puntajes dentro de los 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Galicia.

Sexto. 
De conformidad con lo dispuesto en la convocatoria II.1.1.2, los candidatos que hayan superado el primer ejercicio tendrán un período de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Galicia, para demostrar que tenían, antes del final del plazo estipulado en el 1.3 de la convocatoria, el Celga 2 o el equivalente debidamente aprobado por el organismo competente en términos de política lingüística de la Xunta de Galicia, de conformidad con la segunda disposición adicional de la Orden del 16 de julio, 2007 que regula los certificados oficiales que acreditan los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG No. 146, del 30 de julio), tal como fue modificado por la Orden del 10 de febrero de 2014 (DOG No. 34, del 19 de febrero), para estar exento de realizar el segundo ejercicio.

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