USC. Publicada convocatoria para cubrir 100 plazas de Auxiliar Administrativo C2 (turno libre)

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Publicado el Categorías Oposiciones Autonómicas Galicia, Universidad Santiago de Compostela USCEtiquetas

Publicada Convocatoria para cubrir 100 plazas de Auxiliar Administrativo C2 de la USC por turno libre.

Se publica en el DOG de hoy, día 29 de julio de 2021, la Resolución de 15 de julio de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir  de la escala auxiliar, subgrupo C2, por el turno de libre acceso, vacantes en el cuadro de personal funcionario.

 

Enlace a DOG con Bases de la convocatoria 

Las vacantes anunciadas corresponden a las siguientes ofertas públicas de empleo:

Oferta de empleo público para el personal de administración y servicios para el año 2018, Anexo II, oferta de estabilización 81 plazas, de las que 6 plazas están reservadas a personas con discapacidad.

 Oferta de empleo público para el personal de administración y servicios para el año 2019. Cuota general 7 plazas, de las que 1 está reservada a personas con discapacidad.

 Oferta de empleo público para el personal de administración y servicios para el año 2020. Anexo I: Cupo general 10 plazas, de las cuales 1 está reservada a personas con discapacidad. Anexo III, oferta de consolidación personal indefinida no se hizo por sentencia: 2 plazas.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado .

Presentación solicitudes:
Únicamente se utilizará el formulario electrónico habilitado al respecto que figura en el catálogo de trámites de la oficina electrónica de la USC:

https://sede.usc.es/formularios/solicitudes/seleccionPersoalFuncionario.htm

 Los ejercicios del proceso de selección no se iniciarán antes de que hayan transcurrido tres meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado . 
El orden de actuación de los aspirantes comenzará alfabéticamente por el primero de la letra Y, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 29 de enero de 2021 de la Consellería de Hacienda y Administraciones Públicas.

El sistema de selección será el concurso-oposición y constará de las fases, pruebas y calificaciones que se indican a continuación:

I. Fase de oposición:
Consistirá en la realización de los ejercicios que se indican a continuación, todos los cuales serán obligatorios y eliminatorios, salvo las excepciones previstas en la descripción del primer y cuarto ejercicio.

Los solicitantes deberán presentarse para cada ejercicio con su DNI u otro documento que, a juicio del tribunal, permita acreditar fehacientemente su identidad. También deberán contar con el lápiz correspondiente del nº 2 y goma de borrar para realizar los ejercicios tipo test.

Primer ejercicio: estarán exentos para realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten documental, junto con la solicitud, estar en posesión del certificado Celga 4 o del certificado de aptitud del curso de perfeccionamiento de la lengua gallega o certificado de convalidación de la en materia de lengua gallega, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales que acreditan los niveles de conocimiento de la lengua gallega.

Este ejercicio tendrá la siguiente estructura:

Primer examen. Comprensión escrita o comprensión oral y expresión escrita.

Los solicitantes deben escribir un texto siguiendo las instrucciones que se les proporcionarán por escrito. La elaboración del texto debe basarse en la comprensión de un texto escrito o en la comprensión de un fragmento de audio o audio-video.

La duración máxima de esta prueba será de noventa minutos.

Segunda prueba. Comprensión escrita o comprensión oral y expresión oral.

Los solicitantes deben leer un texto o escuchar un audio o un clip de audio y video, y luego, en una entrevista con el examinador, se les pedirá que resuman la entrada y mantengan un diálogo sobre la entrada recibida, para que pueda ser evaluada en su oral producción.

La duración máxima de esta prueba será de quince minutos por solicitante.

Para aprobar este ejercicio será necesario lograr el resultado de apto.

Segundo ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 90 preguntas tipo test, más cinco de reserva, con cuatro alternativas de respuesta propuestas por el tribunal, de las cuales solo una será correcta, correspondiente al programa que se detalla como Anexo II de esta convocatoria. .

La duración máxima será de 120 minutos.

Este ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y será necesario superarlo para obtener un mínimo de 15 puntos, corresponde al tribunal determinar el número de aciertos necesarios para alcanzar la puntuación mínima.

Tercer ejercicio: consistirá en la realización de un caso práctico elegido entre tres propuestos por el tribunal correspondientes a las asignaturas de recursos humanos, gestión económica y gestión académica que figuran en el programa.

El caso se dividirá en 20 preguntas tipo test, con cuatro alternativas de respuesta de las cuales solo una será correcta.

La duración máxima será de 90 minutos.

El ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y será necesario superarlo para obtener un mínimo de 15 puntos, corresponde al tribunal determinar el número de aciertos necesarios para alcanzar la puntuación mínima. Cada respuesta incorrecta deducirá una cuarta parte de una pregunta correcta.

Cuarto ejercicio: consistirá en una prueba práctica con computadora, a la que se deberá responder por escrito un cuestionario de 20 preguntas de prueba, más 5 de reserva, con cuatro alternativas de respuesta de las cuales solo una será correcta, orientada a evaluar los conocimientos de las personas aspirantes como usuarios de programas Word para Microsoft 365 y Excel para Microsoft 365.

Los solicitantes que hayan documentado junto con la solicitud estar en posesión del CODIX estarán exentos de realizar este ejercicio. También estarán exentos de la solicitud los solicitantes que hayan impartido formación en tratamiento de textos y planillas impartida por instituciones públicas en los últimos diez años previos a la publicación de esta convocatoria. Los cursos deberán ser de aptitud y constarán de 40 horas en total, y ninguno de ellos podrá ser inferior a 15 horas.

El ejercicio tendrá una duración máxima de cuarenta minutos, y se calificará de apto o no apto, correspondiendo al tribunal determinar el número de aciertos necesarios para alcanzar la calificación de apto.

Antes de la finalización de cada ejercicio, el tribunal debe haber aprobado y publicado los criterios de evaluación y corrección.

Las preguntas de reserva adicionales reemplazarán, si corresponde, a las canceladas por su pedido.

II. Fase de concurso:
Consistirá en la valoración de las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición de los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas.

Puntuación de la fase de competición: máximo 40 puntos.

Los servicios prestados se valorarán de la siguiente manera:

– En la escala auxiliar de la USC: 0,25 puntos al mes.

– En las categorías de personal laboral de la USC: auxiliar, auxiliar administrativo y administrativo realizando funciones propias de la escala auxiliar, en puestos del RPT de personal funcionario: 0,25 puntos por mes.

– En organismos o baremos de otras administraciones públicas a los que se les hayan asignado las mismas funciones que las de la balanza auxiliar de la USC: 0,050 puntos al mes.

La calificación final de la competición-oposición vendrá determinada por la suma aritmética de las puntuaciones correspondientes a la fase de oposición más la obtenida en la fase de competición por méritos, en la forma establecida en este anexo.

Los empates en las puntuaciones se resolverán a favor del candidato que obtenga una puntuación más alta en la fase de oposición y, si no fuera suficiente, por la puntuación más alta obtenida en el segundo ejercicio, tercer ejercicio y en la fase de competición, por este orden. hasta que se resuelva un empate.

Para la valoración de la experiencia acreditada en otras administraciones públicas prevista en la fase de concurso y para la calificación de las listas de espera, las dudas que surjan serán resueltas por la Comisión Permanente de Evaluación de Méritos. Esta comisión intervendrá a solicitud del juzgado o unidad encargada de calificar las listas y podrá solicitar a los solicitantes información adicional sobre las funciones y tareas en los órganos o escalas de que se trate, para adoptar los acuerdos oportunos.

Programa:

1. La Constitución Española de 1978: título preliminar; Título I. De los derechos y deberes fundamentales.

2. La Constitución Española de 1978: título IV. Del gobierno y la administración; título VIII. De la organización territorial del Estado.

3. Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, del Estatuto de Autonomía de Galicia: título preliminar; título I. Del poder gallego.

4. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades.

5. Decreto 14/2014, de 30 de enero, por el que se aprueban los estatutos de la USC.

6. Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la organización de la enseñanza universitaria oficial.

7. Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del suplemento europeo de titulación. Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de cualificaciones de los títulos universitarios de carácter oficial y vigencia en todo el territorio nacional.

8. Real Decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos para la expedición del complemento europeo de las titulaciones reguladas en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la organización de la enseñanza universitaria oficial, y el Real Decreto 1027 / 2011, de 15 de julio, se modifica el Marco Español de Cualificaciones para la educación superior.

9. Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan los estudios oficiales de doctorado.

10. Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la norma básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.

11. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título preliminar; Título I. De los interesados ​​en el trámite.

12. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Título II. De la actividad de las administraciones públicas; título III. De los actos administrativos.

13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Título IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común: Capítulos I a V.

14. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Título V. De la revisión de actos administrativos: Capítulo II. Recursos administrativos.

15. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: título preliminar: capítulo I. Disposiciones generales; Capitulo dos. De los órganos de las administraciones públicas, secciones 1ª, 2ª y 4ª; Capítulo V. Funcionamiento electrónico del sector público.

16. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: Título III. Derechos humanos.

17. Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público en Galicia: título I. Objeto, principios y ámbito de aplicación.

18. Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público en Galicia: título III. Clases de personal; Título V. Adquisición y pérdida de relación de servicio.

19. Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público en Galicia: Título VI. Derechos y deberes individuales de los empleados públicos: Capítulo I. Disposiciones generales; Capítulo III. Movilidad de los funcionarios públicos; título VIII. Situaciones administrativas.

20. Decreto Legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad: Título II. Igualdad de condiciones laborales en la administración pública gallega: capítulo I. Acceso al empleo público gallego, y capítulo II. Igualdad salarial en el empleo público.

21. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: artículo 14. Derecho a la protección contra los riesgos laborales; Artículo 15. Principios de la acción preventiva; Artículo 29. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos.

22. Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Sistema Financiero y Presupuestario de Galicia: Título III. De los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, capítulo I. Contenido y aprobación: artículo 49. Estructura; Capitulo dos. De los créditos y sus modificaciones.

23. Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Sistema Financiero y Presupuestario de Galicia: Título III. De los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma: capítulo III. Ejecución y liquidación.

24. Resolución de 25 de enero de 2021 por la que se ordena la publicación del Reglamento de Gestión Presupuestaria de la USC.

 

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Maximo DiazMaximo Diaz
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