Xunta de Galicia. Subalterno A.P estabilización. Listas provisionales aspirantes admitidos y excluidos en proceso selectivo.

Se publica en el DOG de hoy, día 14 de julio de 2023, la RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueban y se hacen públicas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en la agrupación profesional de personal funcionario de la Xunta de Galicia (subgrupo AP).

Las personas aspirantes podrán consultar el estado de las solicitudes de inscripción presentadas y la situación como admitidas o excluidas en fides.xunta.gal

Consulta de listas: 

La lista completa de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de la causa determinante de su exclusión, se podrá consultar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal

Asimismo, y según la base I.4 de las que rigen el proceso selectivo, en esta lista figuran las personas aspirantes que tienen pendiente de acreditar que están en posesión del Celga requerido.

Presentación alegaciones aspirantes excluidos y aspirantes pendientes de acreditar el CELGA: 

Las personas aspirantes excluidas, las que no figuren en ninguna de las listas, así como aquellas personas que no acreditaron estar en posesión del Celga requerido, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para reclamar o enmendar el defecto que motivó la exclusión o acreditar que poseían antes del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo el Celga 2 o equivalente debidamente homologado.
El plazo permanecerá abierto desde el día 17/07/2023 hasta el día 31/07/2023.

El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzgará que se les reconozca a las personas aspirantes la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo, así como de la posesión del Celga requerido.

Cuando de la documentación que deben presentar tras superar el proceso selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas aspirantes decaerán en todos los derechos que puedan derivar de su participación.

Accede a la Resolución con su contenido íntegro desde este enlace.